Alajuela 08 junio 2007
Señores:
Magistrados de la Sala Constitucional,
Señor Luis Fernando Solano Carrera, Presidente, Sala Constitucional
Sirva al presente para interponer un Recurso de Amparo, según lo establece el
Artículo 57:
Este recurso puede presentarlo cualquier ciudadano contra lo que hacen o dejan de hacer las personas, grupos, asociaciones o empresas particulares, que actúen cumpliendo funciones públicas, o estén en una posición de poder, si considera que han sido lesionados sus derechos, siempre y cuando la situación que se presenta no lleve un procedimiento específico.
Se establece este Recurso de Amparo contra:
La Empresa Cruz Campos como Permisionario de la Ruta Alajuela Universidad de Costa Rica y viceversa:
La Universidad de Costa Rica en la figura de la Comisión Interinstitucional de Transporte Universitario como regente del Convenio Especial entre el Permisionario y las y los Estudiantes del Cantón Central de Alajuela.
Y contra el Ministerio de Obras Publicas y Transportes como ente rector nacional de los servicios de transportes en el país.
Según lo determina el artículo 59.-
El recurso se presentará contra quien se considere responsable de la actuación que viole sus derechos: si es persona física, en su condición individual; si es una empresa, contra su representante legal; y si es una asociación o grupo, contra su representante.
Fundamento:
La Empresa Cruz Campos de Alajuela brinda el servicio ruta Alajuela Universidad de Costa Rica y viceversa desde ya mas de veinte años, las unidades y las condiciones de los bus se han deteriorado en gran medida, las unidades sufren filtraciones de agua por la paredes, piso, techo y las puertas del automotor, provocando que los estudiantes tengan que abrir sombrillas y paraguas dentro de bus para resguardarse del agua.
El mismo deterioro de las unidades provoca que estas se varen frecuentemente en las ruta y provoque que los y las estudiantes no lleguen a tiempo a sus clases, exámenes o actividades en la Universidad de Costa Rica o que lleguen a tiempo a la Cuidad de Alajuela.
Constantemente realizamos denuncias que los buses viajan con sobrepeso de pasajeros; de quince a treinta personas de pie, en un viaje de más de 26 kilómetros en la autopista General Cañas con el peligro que conlleva al ser esta una ruta de velocidad alta en caso de algún altercado.
Por tanto solicitamos:
A las Empresa Cruz Campos.
Que se obligue a realizar las acciones correctivas definitivas al problema de filtraciones de agua en sus unidades. Y las reparaciones necesarias para que los bus no se varen ruta de destino. Que destaque las unidades necesarias para que no viajes estudiantes de pie en la ruta mencionada.
A la Universidad de Costa Rica, en la Comisión Interinstitucional de Transporte Universitario.
Que obligue al permisionario a cumplir con el convenio actual, mientras este vigente con todas las cláusulas y disposiciones que ahí se contiene para garantizar el bien mayor que es el adecuado funcionamiento de la ruta al servicio de la población estudiantil y administrativa de la institución.
Al Ministerio de Obras Públicas:
Que se destaque dispositivos de transito y del Concejo de Transporte Público para fiscalizar adecuadamente el cumplimiento de las Leyes que norman el transporte remunerado de personas.
Para efectos de este recurso se adjunta:
Convenio Firmado ante la Comisión Interinstitucional de Transporte Universitario y el Permisionario Cruz Campos.
Denuncias presentadas ante la Comisión Interinstitucional de Transporte Universitario, como pruebas documentales.
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MUY BIEN
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